Sobre los miembros de ACOLTEN/MNT

La ACOLTEN/MNT tiene tres categorías grandes de miembros que se subdividen en otras subcategorias:

  1. 1.  Ordinarios:
    1.          1. Fundadores
    2.          2. Activos
  2. 2. Extraordinarios:
    1.           1. Adherentes
    2.           2. Asociados
  3. 3. Especiales Extraordinarios:
    1.           1. Honorarios
    2.           2. Benefactores


    3. Miembros fundadores:

      Son miembros fundadores, aquellos médicos con estudios formales de posgrado en el área específica de Medicina neuralterapéutica y que expresaron su interés en constituir la ACOLTEN/MNT que se inscribieron y como tales, que firmaron el acta de constitución de la asociación, en el momento de protocolizar el acto de constitución.

      Miembros activos:

      Son miembros activos de la ACOLTEN/MNT aquellos médicos residentes en Colombia o en el extranjero que sin ser miembros fundadores cumplan a cabalidad con los siguientes requisitos:
      1. 1. Tener título profesional de médico cirujano, legalmente reconocido e inscrito en el ministerio de salud de Colombia, conforme a las leyes y disposiciones gubernamentales vigentes.
      2. 2. Acreditar haberse graduado como especialista o magister en Terapia Neural en una Institución de Educación Superior legalmente reconocida por El Estado (o por los gobiernos de cada país)
      3. 3. Solicitar su admisión por escrito dirigida al presidente de la junta directiva.
      4. 4. Debe adjuntar:
      5. 5. Hoja de vida
      6. 6. Foto en formato digital
      7. 7. Fotocopia de los diplomas debidamente acreditados ante autoridad competente.
      8. 8. Certificaciones correspondientes
      9. 9. Carta de presentación de dos (2) miembros activos o fundadores
      10. 10. Copia de un trabajo científico sobre un tema relacionado con Terapia Neural/MNT del cual sea autor o coautor, para presentarlo si es admitido, en un evento organizado por la asociación.(Opcional)


      Son derechos de los miembros fundadores y activos de ACOLTEN/MNT:

      1. 1. Figurar en el directorio de profesionales en la página web.
      2. 2. Conocer el texto íntegro de los estatutos.
      3. 3. Ser convocados a Asambleas ordinarias y extraordinarias, el tiempo y forma debidos.
      4. 4. Ser informado del estado de cuentas de los ingresos y gastos de la asociación.
      5. 5. Poder asistir a las reuniones con voz y voto.
      6. 6. Conocer los acuerdos adoptados por los órganos directivos y en especial los que les puedan afectar.
      7. 7. Poder impugnar dichos acuerdos ante los tribunales.
      8. 8. Elegir y ser elegidos en cargos directivos, administrativos, contemplados en los estatutos y reglamentos.
      9. 9. Contar con la solidaridad institucional, siempre y cuando el miembro cumpla con los objetivos y postulados éticos propuestos en el presente estatuto, dentro del marco de la constitución y la ley.
      10. 10. En caso de que la ACOLTEN/MNT haga parte de otras asociaciones o federaciones de carácter nacional o internacional, figurar como miembros de dichas organizaciones siempre y cuando se encuentre al día con las cuotas ordinarias y extraordinarias que se hayan acordado en la Asamblea general.
      11. 11. Acceder a descuentos especiales definidos por la Junta Directiva en eventos organizados por la ACOLTEN/MNT y en la tienda Online de su página Web.
      12. 12. Estar informado de actualizaciones en la legislación que están relacionadas con la Terapia neural, así como también estar informado sobre cursos y otras actividades de educación continuada relacionadas con la Terapia neural y disciplinas afines.


      Miembros Extraordinarios adherentes:

      Son miembros adherentes aquellos médicos residentes en Colombia o en el extranjero en entrenamiento de posgrado en el área específica de terapia neural/MNT o con certificación de curso o diplomado en el área específica emitido por una Institución de Educación Superior reconocida por el Estado, previa aprobación de la Junta Directiva. Los miembros adherentes tan sólo podrán adquirir la categoría de miembros activos, junto con los derechos propios de dicha categoría, cuando presenten el título de posgrado formal en el área específica de terapia neural/MNT emitido por una institución de Educación Superior reconocida por el Estado.

      Son derechos de los miembros extraordinarios adherentes de ACOLTEN/MNT:

      1. 1. Conocer el texto íntegro de los estatutos.
      2. 2. Ser convocados a reuniones ordinarias y extraordinarias, el tiempo y forma debidos.
      3. 3. Ser informado del estado de cuentas de los ingresos y gastos de la asociación.
      4. 4. Poder asistir a las reuniones con voz.
      5. 5. Conocer los acuerdos adoptados por los órganos directivos y en especial los que les puedan afectar.
      6. 6. Contar con la solidaridad institucional, siempre y cuando el miembro cumpla con los objetivos y postulados éticos propuestos en el presente estatuto, dentro del marco de la constitución y la ley.
      7. 7. Acceder a una cuota de sostenimiento preferencial que corresponderá al 50% del valor de la cuota anual de un miembro activo.
      8. 8. Acceder a descuentos especiales definidos por la Junta Directiva en eventos organizados por la ACOLTEN/MNT y en la tienda Online de su página Web.
      9. 9. Estar informado de actualizaciones en la legislación que están relacionadas con la Terapia neural, así como también estar informado sobre cursos y otras actividades de educación continuada relacionadas con la Terapia neural y disciplinas afines.
       

      Miembros Extraordinarios Asociados:

      Los Miembros Asociados son aquellos profesionales médicos y otros profesionales de la Salud o afines residentes en Colombia o en el extranjero que cuenten o no con algún entrenamiento formal o informal en Terapia neural, que manifiesten su interés en conocer más sobre la medicina neuralterapéutica y que manifiesten el deseo de ser admitidos en la ACOLTEN/MNT. Los miembros asociados podrán adquirir la categoría de miembros activos, siempre y cuando su profesión sea médica y acrediten el título de posgrado formal emitido por una Institución de Educación Superior reconocida por el Estado.

      Son derechos de los miembros extraordinarios asociados de ACOLTEN/MNT

      1. 1. Conocer el texto íntegro de los estatutos.
      2. 2. Conocer los acuerdos adoptados por los órganos directivos y en especial los que les puedan afectar.
      3. 3. Contar con la solidaridad institucional, siempre y cuando el miembro cumpla con los objetivos y postulados éticos propuestos en el presente estatuto, dentro del marco de la constitución y la ley.
      4. 4. Acceder a una cuota de sostenimiento preferencial que corresponderá al 50% del valor de la cuota anual de un miembro activo.
      5. 5. Acceder a descuentos especiales definidos por la Junta Directiva en eventos organizados por la ACOLTEN/MNT y en la tienda Online de su página Web.
      6. 6. Estar informado de actualizaciones en la legislación que están relacionadas con la Terapia neural, así como también estar informado sobre cursos y otras actividades de educación continuada relacionadas con la Terapia neural y disciplinas afines.

      Miembros Especiales Honorarios:

      Son miembros honorarios, aquellas personas naturales, nacionales o extranjeras que se destaquen en el ámbito científico pero que, además, profesen los principios filantrópicos, éticos y morales de la asociación y hagan por ésta o a la comunidad, servicios de especial valor. Los miembros honorarios podrán ocupar cargos honorarios dentro de la Junta Directiva, pueden participar con voz dentro de la misma a voluntad, serán nombrados por la Asamblea General y estarán exentos del valor de la cuota anual de la ACOLTEN/MNT.

      Miembros Benefactores:

      Son aquellas personas naturales o jurídicas que participan en la asociación a través de contribuciones financieras que permitan el buen desarrollo de los fines de la asociación, con previa aprobación de la junta directiva.